Sep 24, 2021 Dejar un mensaje

Argentina adoptó la decisión final del segundo examen por extinción antidumping sobre sujetadores de acero al carbono a China

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El 22 de septiembre de 2021, el Ministerio de Producción y Desarrollo de Argentina emitió el anuncio No. 573/2021 sobre sujetadores de acero al carbono (español: accessorios de Ca ñ Er í as para Soldar a top (fittings) originario de China -codos, excepto codos de 180 ° y codos de reducción, y tes- de aceros al carbono, en varias formas, fabricados según normas ASME B16.9 y ASTM A234 o norma equivalente (IRAM 2607, etcétera), de diámetros externos iguales o mayores a SESENTA COMA TRES MILÍMETROS (60,3 mm) (designación DOS PULGADAS (2 ”)) Y menores o Iguales a tropientos veinitr É s coma Ocho mil Í Metro (323,8 mm) (designaci ó n doc pulgadas (12") ) en espesores standard y extra pesado) tomó la decisión final del segundo examen por extinción antidumping, mantuvo las medidas antidumping determinadas en el Anuncio No. 1181 de 2015, y continuó fijando el límite mínimo FOB de USD 4,67 / kg, Un derecho antidumping equivalente a la diferencia entre el precio mínimo y la declaración de aduana. Se percibirá un precio sobre los productos de que se trate cuyo precio de declaración de aduana en el extranjero sea inferior al precio mínimo. El anuncio entrará en vigor a partir de la fecha de promulgación y tendrá una vigencia de 5 años. Los productos involucrados son sujetadores de acero al carbono de espesor estándar o súper estándar fabricados de acuerdo con ASME b16.9, ASTM a234 y estándares equivalentes (como IRAM 2607), con un diámetro exterior mayor o igual a 60.3 mm y menor o igual a 323,8 mm, excluidos los codos de 180 grados, los codos reductores y las tes de acero al carbono, que involucran productos bajo los números de impuestos del Mercosur 7307.19.20 y 7307.93.00.


El 23 de octubre de 2008, Argentina inició una investigación antidumping sobre los sujetadores de acero al carbono originarios de China. Según el Anuncio No. 11 del 22 de octubre de 2009, Argentina emitió una determinación antidumping positiva y definitiva sobre los productos involucrados en China. El 26 de octubre de 2015, el ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de Argentina emitió un anuncio. De acuerdo al Anuncio No. 1181 del 23 de octubre de 2015, realizó la determinación positiva y final del primer examen por extinción antidumping sobre los productos involucrados en China, fijó el precio mínimo FOB de US $ 4,67 / kg, y para los productos involucrados cuyo precio de exportación FOB sea inferior al precio mínimo, Imponer derechos antidumping equivalentes a la diferencia entre el precio mínimo y el precio de exportación. El 15 de octubre de 2020, el Ministerio de Producción y Desarrollo de Argentina emitió el anuncio No. 552/2020 para iniciar la segunda revisión e investigación por extinción de los productos chinos involucrados.


(compilado de: Gaceta Oficial de Argentina)


Texto original: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/350000-354999/354373/norma.htm



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